Cómo declarar criptomonedas en Uruguay
Uruguay aplica el principio de territorialidad: las ganancias por criptomonedas tributan al 12% en el IRPF cuando se consideran de fuente uruguaya. La Ley 20.345 (2024) incorporó los criptoactivos al sistema financiero bajo supervisión del Banco Central.

Resumen fiscal rápido
- Tipo de impuesto
- Incremento patrimonial en el IRPF (rentas de capital)
- Tipo aplicable
- 12% sobre la ganancia de fuente uruguaya
- Mínimo exento
- Sin mínimo exento específico para criptomonedas
- Cripto por cripto
- Puede considerarse enajenación; no hay criterio específico publicado
- Staking y recompensas
- Puede tributar como renta de capital (12%)
- Pérdidas
- Compensación limitada dentro de las rentas de capital
- Plazo de presentación
- Entre junio y agosto del año siguiente, según calendario de la DGI
- Formularios
- Formulario 1102 (IRPF rentas de capital)
- Sanciones
- Multas, recargos e intereses de mora
- Autoridad fiscal
- Dirección General Impositiva (DGI)
Fuente uruguaya y fuente extranjera
Las rentas de capital de fuente extranjera solo tributan en ciertos casos para residentes fiscales. Si operas con un exchange extranjero, consulta con la DGI cómo se califica tu ganancia, porque no existe todavía una regla fiscal específica para criptoactivos.
Contexto regional
Muchos países latinoamericanos todavía no tienen una ley fiscal específica para criptomonedas y aplican las reglas generales del impuesto sobre la renta. Varios aplican además el principio de territorialidad: solo gravan la renta de fuente local. Guarda siempre el histórico de compras y ventas en moneda local.
Antes de declarar: ten tu histórico ordenado
El primer paso para declarar bien es descargar el histórico completo de operaciones de cada plataforma que utilizas. Los exchanges con licencia MiCA ofrecen informes anuales listos para usar, lo que ahorra mucho trabajo en la declaración.
Ver exchanges con licencia MiCAPreguntas frecuentes
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Esta guía es información general y no constituye asesoramiento fiscal. Las normas cambian con frecuencia: confirma siempre los datos con la autoridad tributaria de tu país o con un asesor.
