Cómo declarar criptomonedas en Argentina
En Argentina las criptomonedas tributan tanto por la ganancia obtenida en su venta como por su tenencia a 31 de diciembre en Bienes Personales, en un contexto normativo que cambia con frecuencia.

Resumen fiscal rápido
- Tipo de impuesto
- Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales
- Tipo aplicable
- 5% – 15% sobre la ganancia según la moneda de la operación
- Mínimo exento
- Mínimo no imponible en Bienes Personales
- Cripto por cripto
- Sí
- Staking y recompensas
- Renta gravada
- Pérdidas
- Compensables con ganancias de la misma fuente durante 5 años
- Plazo de presentación
- Junio del año siguiente
- Formularios
- Declaración de Ganancias y Bienes Personales
- Sanciones
- Multas y intereses resarcitorios
- Autoridad fiscal
- ARCA (ex AFIP)
Ganancias: 5% o 15%
Los resultados por compraventa de criptoactivos se consideran rentas de segunda categoría. El tipo aplicable es del 5% cuando la operación se realiza en pesos sin cláusula de ajuste y del 15% cuando hay ajuste o la operación es en moneda extranjera.
El cálculo se realiza en pesos usando la cotización del día de cada operación, lo que en contextos de alta inflación exige un registro muy detallado.
Bienes Personales y regímenes de información
El valor de tus criptoactivos a 31 de diciembre se incluye en Bienes Personales si superas el mínimo no imponible. Las plataformas locales actúan como agentes de información y, en algunos casos, de percepción.
Los exchanges registrados en Argentina informan periódicamente los saldos y operaciones de sus usuarios, así que la trazabilidad es alta para quien opera con plataformas locales.
Antes de declarar: ten tu histórico ordenado
El primer paso para declarar bien es descargar el histórico completo de operaciones de cada plataforma que utilizas. Los exchanges con licencia MiCA ofrecen informes anuales listos para usar, lo que ahorra mucho trabajo en la declaración.
Ver exchanges con licencia MiCAPreguntas frecuentes
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Esta guía es información general y no constituye asesoramiento fiscal. Las normas cambian con frecuencia: confirma siempre los datos con la autoridad tributaria de tu país o con un asesor.
